SALTA, 09/09/05.-

Expediente Nº 2.506/97 Y 17.008/05

RESOLUCION CS 324/05

 

VISTO las presentes actuaciones y, en particular, la Resolución R Nº 0895-05, dictada ad-referéndum del Consejo Superior, por la cual se fijan los porcentajes para el presente período lectivo, respecto de la distribución de fondos destinados al pago de Becas, y

            CONSIDERANDO:

            Que dicho acto administrativo se emitió a los efectos de atender el pedido efectuado por la Sra. Jefa del Departamento de Becas, quien solicitó a la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, que el cupo de becas a otorgarse a los Institutos de Educación Media de esta Universidad sea de un SEIS POR CIENTO (6%) del crédito total.

            Que también existieron razones de urgencia, como fue la iniciación del año lectivo y la necesidad de satisfacer las demandas de los alumnos solicitantes; siendo necesario, además, adecuar el Reglamento de Becas a la realidad institucional, para lo cual se solicita a la Secretaría de Bienestar Universitario la elaboración del proyecto respectivo.

            Por ello y luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimoquinta Sesión Ordinaria del 8 de setiembre de 2005)

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.- Convalidar la Resolución Rectoral  Nº 0895-05, de fecha 08/09/05, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, UAI, Dirección de Contabilidad, Tesorería General, Consejo de Investigación y Asesoría Jurídica Cumplido siga a la Secretaría de Bienestar Universitario  a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI